El informe de
Instituciones Penitenciarias critica que no se informara a los internos de
posibles "consecuencias a largo plazo no previstas o conocidas"
ÓSCAR LÓPEZ-FONSECA
Imagen del exterior
de la cárcel de Huelva, una de las prisiones donde se realizó el experimento.
IVÁN BOUZA
Punto final al
experimento con electrodos en presos violentos. El secretario general de
Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz, ha dictado una resolución por
la que suspende “de forma definitiva” el estudio iniciado en 2016 en el que se
sometía a reclusos a estimulación eléctrica cerebral para estudiar su
agresividad. El máximo responsable de Prisiones justifica su decisión en
diversas irregularidades detectadas en el expediente de autorización. Su
decisión se produce días después de que el Defensor del Pueblo mostrara su
rechazo al experimento.
La resolución, a la
que ha tenido acceso EL PAÍS, recoge en ocho folios los detalles de la
investigación abierta el 7 de marzo al trascender la existencia del estudio.
Entonces se conoció que a 41 presos, 15 de ellos condenados por homicidio, se
les habían colocado electrodos en la cabeza y, durante media hora, aplicado una
leve corriente de 1,5 miliamperios con el fin de activar su corteza prefrontal,
un área del cerebro potencialmente relacionada con la agresividad. El
experimento, desarrollado con internos de las cárceles de Huelva y Córdoba,
había tenido tres fases y los investigadores —coordinados por los psicólogos
Andrés Molero, de la Universidad de Huelva, y Guadalupe Nathzidy Rivera, de la
Universidad Autónoma de Baja California— había solicitado permiso para una
cuarta.
En aquel momento,
Prisiones paralizó cautelarmente el experimento y pidió informes para “analizar
y valorar la conveniencia e idoneidad de realizar este tipo de investigaciones
en el medio penitenciario”. La resolución ahora dictada destaca que los
detalles del estudio “eran desconocidos para el actual equipo directivo” del
Ejecutivo socialista, ya que fue autorizado en diciembre de 2015, cuando
gobernaba el PP. Dos meses después, la conclusión es que el expediente que dio
luz verde al estudio presentaba numerosas carencias y, sobre todo, no había
tenido en cuenta diversos aspectos éticos de la experimentación con reclusos.
SIN SUPERVISIÓN DE
UN MÉDICO ESPECIALISTA
En la resolución que
suspende definitivamente el experimento, Instituciones Penitenciarias critica
que en el equipo investigador no hubiera un médico especialista en
neurofisiología clínica que supervisara “los antecedentes médicos [de los
reclusos], la técnica empleada y el equipamiento médico utilizado”. También
afea la falta de la pertinente autorización de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para utilizar el equipo con el que
se aplicaban las corrientes eléctricas cerebrales a los presos.
El documento detalla
hasta siete irregularidades que debían haber impedido el inicio del
experimento, varias de ellas referidas a los documentos que los presos firmaron
como muestra de que participaban voluntariamente y que, según las conclusiones
de Prisiones, no cumplían los requisitos mínimos dadas las características de
las pruebas a las que se iban a someter. El informe recuerda que el
consentimiento de cualquier recluso muestra una clara “debilidad” porque su condición
de persona privada de libertad le hace mostrar cierta subordinación que hace
que adopte “actitudes y comportamientos adaptativos” que afectan a su capacidad
de decisión.
En este sentido,
Prisiones recalca que el documento que firmaron en este caso los presos no
incluía “datos sobre efectividad y seguridad” de la prueba ni hacía mención a
sus posibles “consecuencias a largo plazo no previstas o conocidas”. Tampoco se
detallaba si se había constatado “la competencia mental” de los presos para
firmarla. El documento incide, además, en que el informe de bioética esgrimido
por los autores de estudio no argumentaba de modo suficiente por qué la
investigación tenía que ser realizada “con población reclusa y no con otro tipo
de población”.
Instituciones Penitenciarias
cita en este punto el reciente informe del Defensor del Pueblo en el que este
mostraba “su preocupación” precisamente por “las dudas sobre el otorgamiento
verdaderamente libre del consentimiento dado por los internos”. Interior
recuerda que el artículo 211 del Régimen Penitenciario exige que para permitir
que los reclusos participen en investigaciones médicas, estas deben ser
aprobadas por una comisión ética y que de las mismas se espere “un beneficio
directo y significativo” para la salud de interno.
https://elpais.com/politica/2019/05/21/actualidad/1558434400_267442.html
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