miércoles, 22 de mayo de 2019

PRISIONES FULMINA EL EXPERIMENTO CON ELECTRODOS A RECLUSOS VIOLENTOS AL DETECTAR IRREGULARIDADES


El informe de Instituciones Penitenciarias critica que no se informara a los internos de posibles "consecuencias a largo plazo no previstas o conocidas"
ÓSCAR LÓPEZ-FONSECA


Imagen del exterior de la cárcel de Huelva, una de las prisiones donde se realizó el experimento. IVÁN BOUZA

Punto final al experimento con electrodos en presos violentos. El secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz, ha dictado una resolución por la que suspende “de forma definitiva” el estudio iniciado en 2016 en el que se sometía a reclusos a estimulación eléctrica cerebral para estudiar su agresividad. El máximo responsable de Prisiones justifica su decisión en diversas irregularidades detectadas en el expediente de autorización. Su decisión se produce días después de que el Defensor del Pueblo mostrara su rechazo al experimento.
La resolución, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, recoge en ocho folios los detalles de la investigación abierta el 7 de marzo al trascender la existencia del estudio. Entonces se conoció que a 41 presos, 15 de ellos condenados por homicidio, se les habían colocado electrodos en la cabeza y, durante media hora, aplicado una leve corriente de 1,5 miliamperios con el fin de activar su corteza prefrontal, un área del cerebro potencialmente relacionada con la agresividad. El experimento, desarrollado con internos de las cárceles de Huelva y Córdoba, había tenido tres fases y los investigadores —coordinados por los psicólogos Andrés Molero, de la Universidad de Huelva, y Guadalupe Nathzidy Rivera, de la Universidad Autónoma de Baja California— había solicitado permiso para una cuarta.
En aquel momento, Prisiones paralizó cautelarmente el experimento y pidió informes para “analizar y valorar la conveniencia e idoneidad de realizar este tipo de investigaciones en el medio penitenciario”. La resolución ahora dictada destaca que los detalles del estudio “eran desconocidos para el actual equipo directivo” del Ejecutivo socialista, ya que fue autorizado en diciembre de 2015, cuando gobernaba el PP. Dos meses después, la conclusión es que el expediente que dio luz verde al estudio presentaba numerosas carencias y, sobre todo, no había tenido en cuenta diversos aspectos éticos de la experimentación con reclusos.

SIN SUPERVISIÓN DE UN MÉDICO ESPECIALISTA
En la resolución que suspende definitivamente el experimento, Instituciones Penitenciarias critica que en el equipo investigador no hubiera un médico especialista en neurofisiología clínica que supervisara “los antecedentes médicos [de los reclusos], la técnica empleada y el equipamiento médico utilizado”. También afea la falta de la pertinente autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para utilizar el equipo con el que se aplicaban las corrientes eléctricas cerebrales a los presos.
El documento detalla hasta siete irregularidades que debían haber impedido el inicio del experimento, varias de ellas referidas a los documentos que los presos firmaron como muestra de que participaban voluntariamente y que, según las conclusiones de Prisiones, no cumplían los requisitos mínimos dadas las características de las pruebas a las que se iban a someter. El informe recuerda que el consentimiento de cualquier recluso muestra una clara “debilidad” porque su condición de persona privada de libertad le hace mostrar cierta subordinación que hace que adopte “actitudes y comportamientos adaptativos” que afectan a su capacidad de decisión.
En este sentido, Prisiones recalca que el documento que firmaron en este caso los presos no incluía “datos sobre efectividad y seguridad” de la prueba ni hacía mención a sus posibles “consecuencias a largo plazo no previstas o conocidas”. Tampoco se detallaba si se había constatado “la competencia mental” de los presos para firmarla. El documento incide, además, en que el informe de bioética esgrimido por los autores de estudio no argumentaba de modo suficiente por qué la investigación tenía que ser realizada “con población reclusa y no con otro tipo de población”.
Instituciones Penitenciarias cita en este punto el reciente informe del Defensor del Pueblo en el que este mostraba “su preocupación” precisamente por “las dudas sobre el otorgamiento verdaderamente libre del consentimiento dado por los internos”. Interior recuerda que el artículo 211 del Régimen Penitenciario exige que para permitir que los reclusos participen en investigaciones médicas, estas deben ser aprobadas por una comisión ética y que de las mismas se espere “un beneficio directo y significativo” para la salud de interno.
https://elpais.com/politica/2019/05/21/actualidad/1558434400_267442.html

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